El Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD), en colaboración con la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) , ha dado un paso decisivo para reforzar la seguridad de los menores en la red. Este dictamen, fruto de un amplio proceso de consulta y consenso, establece medidas claras para la verificación de la edad en entornos digitales, respondiendo a la creciente necesidad de proteger a los jóvenes frente a contenidos inapropiados y prácticas de recolección de datos invasivas.

¿Por qué se emitió el Dictamen?

El dictamen fue adoptado inicialmente por el CEPD el 28 de septiembre de 2022 y, posteriormente, actualizado por la AEPD. Esta evolución se produjo tras una intensa labor de trabajo conjunto entre ambas entidades, lo que ha permitido afinar las medidas y evaluar su impacto en la protección de los menores en el entorno digital. Su elaboración se inició en respuesta a la preocupación social generada por el fácil acceso de los menores a contenido potencialmente dañino y la necesidad de regular de manera eficaz la verificación de edad en plataformas digitales.

Implicaciones para Menores y Sociedad

El dictamen tiene un impacto directo en la protección de los menores al establecer mecanismos que limitan la exposición a contenidos inapropiados y promueven entornos digitales seguros. Además, sus medidas repercuten en la sociedad en general, al fomentar un uso responsable y ético de la tecnología. Con una mayor transparencia y rigurosidad en la verificación de la edad, se fortalece la confianza en el entorno digital y se promueve una cultura de seguridad y respeto hacia los derechos fundamentales.

Repercusiones para las Empresas

Las empresas que operan en el entorno digital deberán adaptar sus plataformas, aplicaciones y sitios web para cumplir con lo establecido en el dictamen. En concreto, se requerirá la implementación de sistemas de verificación de edad que sean:

  • Transparentes: Informar claramente a los usuarios sobre el uso y finalidad de la verificación.
  • Seguras: Garantizar la protección de los datos recolectados mediante medidas de seguridad robustas.
  • Proporcionales: Recoger únicamente la información necesaria para confirmar la edad, minimizando la invasión a la privacidad.
  • Responsables: Adoptar políticas internas que aseguren el cumplimiento de las nuevas normativas y faciliten auditorías externas.

Estas exigencias obligan a las empresas a revisar y actualizar sus protocolos, adoptando tecnologías que respeten el “privacy by design” y prioricen la protección de los datos de los menores.

Los 10 Principios del Dictamen

El dictamen se articula en torno a 10 principios fundamentales, cada uno diseñado para equilibrar la protección del menor y el funcionamiento de los servicios digitales:

  1. Proporcionalidad: Las medidas deben ser ajustadas a la finalidad de proteger a los menores sin afectar de manera desproporcionada la experiencia del usuario.
  2. Transparencia: Las empresas deben comunicar de forma clara y accesible los métodos de verificación y el uso de los datos.
  3. Minimización de Datos: Solo se podrán recabar los datos estrictamente necesarios para confirmar la edad.
  4. Seguridad de la Información: Es imperativo garantizar la integridad y confidencialidad de la información recogida.
  5. Consentimiento Informado: Se debe obtener el consentimiento explícito de los usuarios o de sus tutores legales cuando corresponda.
  6. Responsabilidad: Las plataformas son responsables de aplicar y supervisar el cumplimiento de estas medidas.
  7. No Discriminación: La verificación de edad no debe traducirse en prácticas que discriminen o excluyan a determinados usuarios.
  8. Inclusividad: Se debe considerar la diversidad de contextos y realidades de los menores en el diseño de los sistemas.
  9. Eficacia y Fiabilidad: Los mecanismos de verificación deben ser robustos y precisos, minimizando errores y falsos positivos.
  10. Revisión y Actualización: Las políticas y tecnologías deben ser objeto de una revisión periódica para adaptarse a los avances tecnológicos y a nuevas amenazas.

Cada uno de estos principios busca establecer un marco equilibrado que permita a los proveedores de servicios digitales actuar de forma ética y legal, sin comprometer la seguridad y el bienestar de los menores.

Desde SETEMCAT queremos destacar que, ante la adopción de este dictamen, es fundamental que tanto las autoridades como las empresas y la sociedad en general se comprometan a proteger a nuestros menores en el entorno digital. Ahora más que nunca, es necesario implementar medidas efectivas y trabajar en conjunto para construir un internet más seguro, inclusivo y respetuoso de la privacidad.

 

Vía | AEPD | CEPD | EDPB