¿Qué es un Canal de Denuncias? ¿Por qué debes implementar uno en tu empresa?

Un canal de denuncias (en inglés, whistleblower) es una herramienta creada y diseñada con el objetivo principal de dotar a todas las personas trabajadoras de una empresa, y también a cualquiera que esté relacionada con ella, de la posibilidad de poder informar y denunciar, de forma segura, confidencial y sin temor a recibir represalias, todas aquellas irregularidades, fraudes y, en general, cualquier otro tipo de conducta inapropiada o ilegal que se haya producido en la empresa. De este modo, se garantiza la prevención y también las repercusiones de los delitos, fraudes o infracciones que se hayan producido dentro de la organización.

¿Está obligada tu empresa a disponer de uno? ¿Qué plazos tienen las organizaciones para su implantación?

En España, la normativa relacionada con este tipo de herramientas está regulada por la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción (también llamada Ley de protección del denunciante de corrupción), una transposición de la Directiva (UE) 2019/1937 (Directiva Whistleblowing) aprobada por la Comisión Europea durante el año 2019. La legislación vigente establece que, si una empresa cumple con los siguientes requisitos, deberá contar, de forma obligatoria, con un canal de este tipo:

  • Empresas con 50 o más trabajadores, independientemente de las actividades que ejerzan en la entidad.
  • Aquellas empresas que prestan servicios y/o productos en cualquiera de los siguientes tres ámbitos: mercados financieros, seguridad del transporte y protección del medio ambiente.
  • Empresas con un volumen de negocio igual o superior a 10 millones de euros.
  • Administraciones y entidades públicas (tanto del Estado como de las comunidades autónomas y la administración local) y órganos constitucionales.
  • Universidades públicas, corporaciones de derecho público y partidos políticos, sindicatos, patronales y fundaciones.

Las empresas de más de 249 empleados y aquellas otras obligadas por su actividad o volumen de negocio, administraciones y entidades públicas y el resto de las organizaciones obligadas, tendrán de plazo hasta el 13 de junio del 2023 para implantar uno de ellos. En cambio, las empresas de entre 50 y 249 empleados, y municipios de menos de 10.000 habitantes, tendrán hasta el 1 de diciembre del 2023 para hacerlo.

¿Qué hacer si tu empresa cumple con los requisitos?

Si tu empresa cumple con los requisitos que acabamos de comentar, y obligatoriamente debe implementar un canal de este tipo, o en el caso de que no cumpla estos requisitos y, por lo tanto, no sea obligatorio, pero estés interesado en la obtención de uno de ellos para tu entidad, se puede optar por contratar un proveedor externo especializado en el diseño y la gestión de canales de denuncias, ya que estos requieren la adopción de medidas técnicas, organizativas y legales.

Desde SETEMCAT estamos perfectamente capacitados para ello, ya que ofrecemos una amplia gama de servicios y asesoramiento para ayudar a tu empresa a cumplir la ley y, por lo tanto, a implementar y gestionar, de forma personalizada, un canal de denuncias efectivo y eficiente. Para ello, SETEMCAT, junto con su empresa filial SIDDATOS, ha desarrollado el software SID CANAL DENUNCIAS.

¿Cómo podemos ayudarte desde SETEMCAT en la implantación de un Canal de Denuncias para tu empresa?

Desde SETEMCAT conocemos y tenemos en cuenta todas las características técnicas y de seguridad que un canal de denuncias debe tener. Basándonos en ello, y teniendo en cuenta la situación y las características específicas de cada empresa, nosotros proporcionamos un canal de denuncias eficaz y personalizado, tal y como ya hemos comentado previamente:

  • En primer lugar, ofrecemos la realización de un análisis y una evaluación de tu empresa y sus procesos internos para determinar el mejor enfoque posible en la implementación de su canal de denuncias, aprovechando también este análisis para definir sus objetivos principales y el alcance de este canal.
  • En segundo lugar, también te ayudamos en el diseño e implantación del canal de denuncias. Para ello, usamos nuestra propia plataforma (SID CANAL DENUNCIAS), la cual cumple con todas las medidas de seguridad exigibles. De este modo, podemos asegurar que el canal de denuncias que ofrecemos, aparte de ser efectivo y eficaz, también es un sistema seguro y confidencial, que respeta la privacidad de los trabajadores.
  • En tercer lugar, una vez establecido el canal de denuncias, es importante informar a los empleados, proveedores, clientes y otras partes interesadas sobre su existencia. Teniendo esto en cuenta, queremos destacar que desde SETEMCAT ofrecemos una interesante formación sobre el uso y la gestión del canal de denuncias.
  • Por último, nosotros, juntamente con tu empresa, realizaremos la gestión, el seguimiento y el mantenimiento del canal de denuncias, manteniéndolo actualizado y en cumplimiento de los requisitos éticos y legales en evolución.

Además, una vez el canal de denuncias se haya implantado, siempre que se reciba una denuncia se deberá:

  • Verificar y evaluar la denuncia recibida.
  • Tomar medidas y resolver la denuncia correspondiente.
  • Registrar y documentar el proceso (registro de actividad).

No esperes a que se cumpla el plazo para la implantación de un canal de denuncias en tu empresa pide presupuesto sin compromiso.

SETEMCAT – SID CANAL DENUNCIAS te asesora y está a tu lado.