Durante los últimos meses es posible que te hayas encontrado con la molesta situación de seguir recibiendo llamadas comerciales (también conocidas como spam telefónico) de empresas ofreciendo algún tipo de producto o servicio. Estas llamadas telefónicas son muy molestas, ya que la gran mayoría de personas pueden no estar interesadas en adquirir lo que se les ofrece y, además, estas pueden provocar la interrupción de sus actividades cotidianas. Pero ¿no las habían prohibido? A continuación, te explicaremos por qué, pese a su prohibición, sigues recibiendo este tipo de llamadas y te informaremos sobre qué puedes hacer al respecto. 

Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones

Según el artículo 66 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, desde el 29 de junio de 2023, los consumidores tienen derecho «a no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial, salvo que exista consentimiento previo del propio usuario para recibir este tipo de comunicaciones comerciales». En el caso de incumplir con la ley, las empresas pueden ser sancionadas con multas de hasta 100.000 euros. Sin embargo, hay algunos vacíos legales y algunas excepciones que debes tener en cuenta.

Los vacíos legales y las excepciones más importantes que debes conocer

Por un lado, el concepto de “consentimiento” es un factor clave. Aunque, en principio, no se pueden recibir llamadas comerciales sin previo consentimiento, muchas veces es posible que ya lo hayas autorizado previamente sin darte cuenta. Por ejemplo, aceptando los términos y condiciones o firmando el contrato con alguna empresa en concreto. Por lo tanto, hay que ser muy prudente en este aspecto. Además, es importante destacar que las empresas deben ofrecer a los consumidores el derecho a revocar el consentimiento si así lo desean, a fin de que dejen de recibir este tipo de llamadas. 

Por otro lado, el “interés legítimo” es otro aspecto importante a tener en cuenta, ya que en ocasiones una empresa puede entender que existe un interés legítimo en hacer una llamada comercial. Por ejemplo, es posible seguir recibiendo llamadas comerciales de empresas de las que ya no se es cliente desde hace menos de un año. En este caso, las empresas necesitan justificar este interés legítimo mediante, en primer lugar, la relación previa que haya tenido con el cliente y, en segundo lugar, teniendo en cuenta que el producto que le quiera ofrecer sea similar al que este ya tenía contratado con anterioridad.

Además, también están permitidas todas aquellas llamadas que las empresas necesiten realizar a sus clientes en situaciones de emergencias, asuntos de salud, o con la finalidad de proteger los intereses vitales del cliente o de la propia entidad. También están permitidas aquellas llamadas telefónicas que tengan como objetivo cumplir con una obligación legal con el cliente. En este sentido, las empresas pueden aprovechar estas llamadas para incluir, de forma ilícita en ellas, publicidad o promoción de algunos de sus productos o servicios adicionales.

¿Cómo lo puedes denunciar?

Para denunciar un caso de spam telefónico indeseado, los consumidores pueden interponer una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), organismo que se encarga de vigilar el cumplimiento de la ley y, en caso oportuno, iniciar un expediente sancionador sobre aquellas empresas u organizaciones que incumplan esta normativa.

En este sentido, aparte de informar a los consumidores sobre sus derechos en relación con las llamadas comerciales, desde SETEMCAT también queremos concienciar a todas las empresas y organizaciones sobre las molestias que pueden llegar a suponer este tipo de llamadas para las personas que las reciben, y las consecuencias a las que una empresa se puede enfrentar si se arriesga e incumple con la legislación.

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