La publicación de imágenes de menores de edad por parte de las escuelas sin el consentimiento de sus padres, madres o tutores legales está prohibida. Respecto a esto último, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) distingue entre dos casos distintos:

  • Fotografías tomadas con fines educativos. Los centros educativos están legitimados para la toma de fotografías de los alumnos con el único objetivo de utilizarlas en su propia educación y aprendizaje. Solo tendrán acceso a estas imágenes los profesores, alumnos y aquellos padres, madres y tutores legales que hayan participado en las correspondientes actividades educativas.
  • Fotografías tomadas para la difusión del centro y de sus actividades. Si los padres, madres o tutores legales de los alumnos lo autorizan, las escuelas pueden tomar fotografías de los alumnos presentes en determinadas actividades y eventos desarrollados en un entorno escolar seguro, y usarlas en un entorno abierto (en la web y en redes sociales, por ejemplo) para difundir y promocionar el propio centro y sus actividades.

El Colegio Virgen de Europa, sancionado con 15.000 euros por incumplir la normativa sobre el tratamiento de imágenes de menores de edad

Recientemente, la AEPD ha sancionado con 15.000 euros al Colegio Virgen de Europa por haber publicado, en Facebook y WhatsApp, imágenes de un alumno menor de edad sin el consentimiento de sus padres. De hecho, en el proceso de inscripción por escrito, los padres manifestaron en el contrato que no autorizaban el tratamiento de imágenes de su hijo. Por este motivo, al ver lo sucedido, denunciaron al centro educativo.

Desde SETEMCAT queremos informar a los centros educativos para que sean conscientes y puedan cumplir en todo momento con la legislación vigente. Además, también queremos informar a las personas responsables de menores de edad para que tengan en cuenta lo que una escuela puede o no puede hacer respecto al tratamiento de imágenes de los menores a su cargo.

Vía | Confilegal